DEL CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA, No 1457
LA CONFESIÓN DE LOS PECADOS

Según el mandamiento de la Iglesia “todo fiel llegado
a la edad del uso de razón debe confesar,
al menos una vez al año, los pecados graves
de que tiene conciencia”. “Quien tenga conciencia
de hallarse en pecado grave que no celebre la misa,
ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes
a la confesión sacramental a no ser que concurra
un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse;
y, en este caso, tenga presente que está obligado
a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye
el propósito de confesarse cuanto antes”. Los niños
deben acceder al sacramento de la Penitencia
antes de recibir por primera vez la Sagrada Comunión.