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Una profecía fatal
Martín Morúa Delgado.
Martín Morúa Delgado.
por Loreto Raúl Ramos Cárdenas(*)
 

El período de tiempo transcurrido entre la fundación
del Partido Independiente de Color (PIC) y el de su trágica desaparición,
estuvo marcado por una serie de acontecimientos, dignos de un análisis esclarecedor por parte de los historiadores que contribuya a rescatar
del olvido una página lamentable de la historia nacional:
la masacre de los independientes de color en 1912.

 
Salvador Cisneros Betancourt
Salvador Cisneros Betancourt

Como una modesta contribución a tal empeño, ponemos a disposición de los lectores el texto de la intervención del senador Cristóbal de Laguardia el 11 de Febrero de 1910, durante una de las sesiones del senado cubano, en la que explicaba su voto negativo a una Enmienda al artículo 17 de la Ley Electoral, presentada en esa jornada por el senador negro Martín Morúa Delgado y apoyada también por el legislador Antonio Gonzalo Pérez, que trataba de impedir la participación en las elecciones de ese año –y en general en la vida política del país– a los partidos formados por individuos de una sola raza.

La llamada Enmienda Morúa provocó un interesante intercambio entre este legislador, por una parte; y Salvador Cisneros Betancourt y el propio de Laguardia, por la otra, quienes alzaron su voz en defensa de los derechos constitucionales que avalaban la existencia del PIC. (1)

Llama la atención el hecho de que este legislador enfatizara en el aspecto jurídico del tema al argumentar su voto. Nacido en Barcelona en 1866 y emigrado a Cuba desde temprana edad, de Laguardia fue una de las personalidades más

versadas en la jurisprudencia de su época, a cuya pluma se debieron varias obras de texto, no solo sobre leyes cubanas, sino también acerca de varios sistemas jurídicos de Hispanoamérica. (2)

De ahí que no le fuera ajena la circunstancia legal que amparaba al Partido Independiente de Color (surgido en La Habana en Agosto de 1908 con la anuencia de las autoridades norteamericanas de intervención) como una organización de ciudadanos negros y mestizos, que reclamaban de los gobiernos de turno todo lo prometido en la Constitución de 1901 y que hasta ese entonces les había sido negado abiertamente: la igualdad de derechos sin pretericiones de raza; tampoco ignoraba este senador la inminente violación constitucional que tendría lugar en caso de aprobarse –como se aprobó finalmente– la controvertida enmienda, en cuyo texto se planteaba:

“No se considerará, en ningún caso, como partido político o grupo independiente, ninguna agrupación constituida exclusivamente por individuos de una sola raza o color y grupos independientes que persigan un fin racista”.

Los argumentos del señor de Laguardia no dejaron de ser proféticos en el sentido que dos años después de haber sido expuestos, el 20 de Mayo de 1912, la máxima dirigencia del PIC decidió dar inicio en varias sitios de la Isla, fundamentalmente en el territorio de la antigua provincia de Oriente, a una protesta armada que, liderada por su presidente, Evaristo Estenoz, y el General del Ejército Libertador Pedro Ivonnet, tenía como objetivo la derogación de dicha enmienda y la materialización del respeto al derecho de sufragio universal y libre emisión del pensamiento para todos los ciudadanos –sin exclusiones– tal y como estaba consignado en la Carta Magna.

Cuando de Laguardia avizoró ante el Senado que, de cerrarse las puertas a las vías legales “… daríamos lugar a que esos individuos, no teniendo ya un terreno legal, franco donde moverse, se lanzaran al de la violencia”, no estaba descartando tampoco –a nuestro juicio– la posibilidad real de que el Gobierno del presidente José Miguel Gómez pusiera en marcha toda una maquinaria propagandístico-militar en contra de Estenoz, cuyo liderazgo y propuesta política eran, evidentemente, muy incómodos para su gestión gubernamental. Esto quedó demostrado, en parte, con el encarcelamiento del líder de los Independientes de Color en Febrero de 1910, justo antes de la presentación de la referida enmienda; y posteriormente durante el injusto proceso judicial en contra del partido, iniciado en abril de ese propio año por la Audiencia de La Habana ( Causa No 321 por el delito de Propaganda Ilícita y Conspiración para la Rebelión ) que a la postre llevó a la cárcel a muchos de sus dirigentes, liberados meses mas tarde después de pagar astronómicas fianzas.

El gran despliegue bélico organizado y dirigido por el Mayor General José de Jesús Monteagudo (de triste recordación para la historia de Cuba), que incluyó lo último en tecnología militar: ametralladoras, granadas, cañones de tiro rápido, así como la movilización popular sin precedentes, que azuzó el fantasma del racismo antinegro a niveles insospechados, desembocó en un baño de sangre impune, que puso al descubierto el carácter retrógrado de la burguesía en Cuba como sujeto de poder político a partir de 1902 e institucionalizó, de hecho, el rechazo a cualquier intento futuro de protagonismo social por parte de los ciudadanos negros, que hiciera peligrar ese modelo de dominación, basado en la discriminación y el exclusivismo, característico de todos los gobiernos de la etapa republicana.


La lectura del texto que a continuación transcribimos, es una invitación a la reflexión y el análisis:

INTERVENCIÓN
DEL SENADOR CRISTÓBAL DE LAGUARDIA

Había pedido la lectura del artículo para darme cuenta de la congruencia de la Enmienda, porque realmente no lo recordaba, y a mi juicio, salvo mejor parecer, encuentro que la Enmienda no es congruente, pero este es un asunto que no tiene importancia alguna.

Al pedir la palabra, empiezo por hacer constar que es en contra de la Enmienda ; pero debo empezar también por hacer constar de la manera mas cordial y verdadera, mi felicitación al Sr. Morúa Delgado por el acto, a mi juicio, de verdadero valor cívico, que en este momento realiza.

Como el señor Morúa, comprendo los peligros de esa situación que todos conocemos y que nadie tiene inconveniente en designar por su nombre. He venido combatiendo esa tendencia a formar un partido de raza, dentro del estrecho círculo en que me muevo, dedicando a ello una serie de artículos, más de diez, publicados en un

Martín Morúa y familia
Martín Morúa y familia

periódico de Guanabacoa, que me trajo bastantes mortificaciones pues por esa campaña se me ofendió, particularmente por los que combatían mi doctrina.

En ellos me empeñaba en demostrar a la raza de color que no era ni patriótico ni conveniente para ella esa tendencia. Ello no obstante, me opongo a la enmienda, porque la considero anticonstitucional; porque encuentro que no es el remedio y porque no corresponde a los principios democráticos que informan al Partido Liberal, al cual pertenecemos.

La Constitución dice en su artículo 25:

“Toda persona podrá libremente y sin sujeción a censura previa, emitir su pensamiento, de palabra o por escrito, por medio de la imprenta o por cualquier otro procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades que impongan las leyes, cuando por algunos de aquellos medios se atente contra la honra de las personas, el orden social o la tranquilidad pública”

Hay otro artículo, el 28, que determina que:

“Todos los habitantes de la República tienen el derecho a reunirse pacíficamente y sin armas, y el de asociarse para todos los fines lícitos de la vida.”

Además el artículo 36 dice:

“La enumeración de los derechos garantizados expresamente por esta Constitución, no excluye otros que se deriven del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.”

Estos tres artículos, especialmente el último, envuelven una demostración de que los derechos del pueblo y de cualquiera de los individuos del pueblo, son completamente amplios para poder asociarse y expresar sus pensamientos y para constituir cualquier agrupación que nazca de su soberanía.

Entiendo pues, que resultaría violada la Constitución al impedirse a alguien que se constituyera en partido político para encaminarse en cualquier dirección aun cuando sea en la de obtener el triunfo, la superposición de una raza sobre otra. Entiendo que ese es un derecho inviolable e indiscutible, al cual no debemos oponernos. Entiendo que será una desgracia, que será muy perjudicial para la raza de color, sobre todo, la formación de ese partido. Entiendo que no recibirá ventaja de ninguna clase sino, antes al contrario, perjuicios pero a pesar de ello, mi respeto a la Constitución, a los principios democráticos y a los derechos individuales aunque enalteciendo, como merece, la actitud del Sr. Morúa me obligará en este caso a votar en contra de su enmienda.

…Insisto en mis manifestaciones anteriores. Respecto al fondo de las razones expuestas por los señores Morúa y Gonzalo Pérez, no tengo nada que decir, estoy conforme con ellas, entiendo que es perjudicial e inconveniente la existencia de esas agrupaciones y que ponen en peligro la nacionalidad, pero entiendo también que es inconstitucional el que se prohíba al pueblo o a una parte del pueblo, hacer uso de un derecho que la Constitución le reconoce. La Constitución dice que se prohibirán las agrupaciones para fines ilícitos y esa agrupación no persigue ningún fin ilícito.

Yo llevo mis convicciones a tal extremo que entiendo que si el negro se considera superior a nosotros porque entiende que sus hombres son mas ilustrados que los nuestros y porque creen tener mayor número de votos y se creen por ello con derecho a gobernar la República de Cuba, tiene también el derecho a constituirse en partido político y, si gana las elecciones, gobernarnos. Ese es mi modo de pensar. Entiendo que ellos ejercitan un derecho legítimo, reconocido por la Constitución, al agruparse y expresar sus pensamientos libremente, para fines lícitos, dondequiera que les convenga. Eso que nosotros consideramos perjudicial y que pueda dar lugar a que se pierda la República, no sería porque el principio fuera malo, sino porque unos y otros no supiésemos respetarnos ante el triunfo. Es justo que los cubanos nos preocupemos de ello y tratemos de ponerle remedio, pero el que se va a emplear es peor que la enfermedad.

Yo estoy dispuesto, como lo he dicho muchas veces por medio de la palabra y de la prensa, a sostener, dondequiera que sea necesario, que ese sentimiento de raza es peligrosísimo, es funesto para el país; pero de la misma manera sostengo que es violar la Constitución, que es precipitar los sucesos, el dictar una ley prohibiendo al negro constituir su partido político y por virtud de la cual se autorice al Ejecutivo para utilizar la fuerza en contra de los que para sus fines se congreguen. Si hay hombres que desean reunirse en tal sentido y formar una agrupación, teniendo como tienen, ese derecho reconocido por la Constitución, de ningún modo puede quitárseles por medio de una ley; con ello daríamos lugar a que esos individuos, no teniendo ya un terreno legal, franco, donde moverse, se lanzaran al de la violencia. Ese es mi temor. Yo lo único que quiero es que se respete el derecho de cada uno. Yo entiendo que los negros tienen derecho a constituirse en partido político, aunque también creo que eso es perjudicial para ellos; pero reconozco que nosotros no tenemos derecho para cohibirlos de esto, porque están al amparo de la Constitución.

La Constitución se refiere a privilegios y ese no es un privilegio. Por eso, pues, respetando y celebrando extraordinariamente los móviles que impulsan a los señores Morúa y Gonzalo Pérez, me atrevo a rogar al Senado que piense detenidamente esta cuestión, que crea como yo, que el remedio que se indica no es el conveniente, sino al contrario, será perjudicial.

He dicho

(*) Especialista en Archivística.

Fuente Documental: Archivo Nacional de Cuba, Fondo: Congreso de la Republica de Cuba 1902-1959. Diario de Sesiones del Senado. Legajo 943 No 42582.

Bibliografía: Impresiones de la República en el siglo XX. LLoyds Greater Britain Publishing Company,1913.LTD.

Notas:
(1) Diario de Sesiones del Senado. Sesión del 11 de Febrero de 1910.
(2) Impresiones de la República en el Siglo XX. LLoyds Greater Britain Publishing Company, LTD.1913.